MANUAL DE CREDITO COOMULTIUNION TABLA DE CONTENIDO
CAPITULO I NORMAS GENERALES
Introducción
COOMULTIUNION, como entidad vigilada por la Superintendencia de la Economía Solidaria, siendo la actividad crediticia una de sus principales funciones, expide el presente documento el cual recopila políticas y normas necesarias para efectuar una adecuada colocación de crédito, que en conjunto de su aplicación contribuyan a minimizar el riesgo y pérdida de los recursos provenientes de los mismos Asociados.
Es importante reiterar la responsabilidad y participación del talento humano dentro del proceso de otorgamiento de crédito, primando en su ejecución valores y principios contenidos en el Manual Código de Ética de la Cooperativa.
1. Función Manual de Crédito:
El Manual de Crédito contiene los aspectos generales que regulan la actividad crediticia, en cuanto a la definición de las operaciones que constituyen crédito, las actividades que son materia de financiación, los requisitos para la tramitación del crédito, plazos, tasas de interés y otras normas generales de crédito, las cuales son aplicables de manera general a las divisiones que tienen que ver con el manejo del crédito en la Cooperativa.
Así mismo, es importante resaltar que el presente reglamento de crédito se regirá sobre principios generales de prudencia en el otorgamiento de crédito y en la asunción de los riesgos propios de la intermediación financiera.
2. Responsabilidades para establecer políticas y procedimientos:
2.1 Consejo de Administración:
El Consejo de Administración de la Cooperativa multiactiva, COOMULTIUNION., en uso de facultades legales y estatutarias, establece que para el cumplimiento del objeto social y para el desarrollo de sus actividades, creará los diferentes servicios propios de su especialización, para lo cual expedirá las respectivas reglamentaciones y normatividades indispensables para garantizar su normal funcionamiento, a través del presente documento denominado “Manual de Crédito”.
La definición de Políticas está a cargo del Consejo de Administración y la definición de los procedimientos los asume en conjunto el Comité de Crédito y la Administración.
2.2 Comité de Crédito:
A su vez el Comité de Crédito como órgano consultivo para políticas y procedimientos tendrá las siguientes funciones:
a) Recomendar las solicitudes que excedan sus facultades ante el Consejo de Administración, según atribuciones definidas en el capítulo III numeral 3 cuadro Atribuciones.
b) Aprobar solicitudes de crédito según montos definidos
c) Aprobar restructuraciones de créditos plenamente sustentadas dentro de los límites de sus atribuciones.
d) Recomendar cambios en las políticas de crédito, planes y modalidades para nuevas líneas de crédito y propuestas de recuperación de la cartera.
3. Marco Legal:
Entendiéndose la colocación de créditos como el principal activo de la Cooperativa es indispensable mencionar que a través de la Circular Básica y Financiera 004 de 2008 expedida por la Superintendencia de la Economía Solidaria, se establecen las directrices bajo las cuales se regulan las normas para el desarrollo de la actividad crediticia, para tal fin el Capítulo II de la Circular Básica enuncia los siguientes aspectos:
2.1 Riesgo crediticio
2.2 Obligación de evaluar el riesgo crediticio
2.3 Proceso de otorgamiento
2.4 Proceso de seguimiento y control
2.5 Proceso de cobranza
2.6 Políticas de créditos
3. Clasificación de la cartera de créditos
4. Calificación por nivel de riesgo
5. Regla de arrastre
6. Provisiones
7. Control por parte de la Superintendencia de la Economía Solidaria
8. Reglamentación interna
9. Responsabilidad del Revisor Fiscal
4. Régimen de Provisiones:
Según lo estipulado en la Circular Básica y Contable y Financiera 004 de 2008 de la Superintendencia de la Economía Solidaria, las organizaciones solidarias deben constituir provisiones con cargo al estado de resultados, así:
4.1 Provisión General:
Se constituye como mínimo una provisión general del 1 % sobre el total de la cartera bruta. No obstante, cuando el recaudo se efectué a través de libranza se constituye una provisión general mínima del 1.0 %.
4.2 Provisión Individual:
Sin perjuicio de la provisión general, se define una provisión individual para la protección de sus créditos calificados en categorías de riesgo (B, C D, E) incluyendo capital, interés, seguro de vida y otros conceptos que se generen en la obligación, según lo definido en el numeral 6.2 del capítulo II de la Circular Básica y Contable y Financiera 004 de 2008 así:
MICROCREDITO
CONSUMO
C X C
DIAS
PROVISION
DIAS
PROVISION
PROVISION
A
0 - 30
0%
0 - 30
0%
0%
B
31 - 90
1% - 10 %
31 - 60
1% - 9 %
9%
C
91 - 180
20% - 49 %
61 - 90
10% - 19 %
100%
D
181 - 360
50% - 99 %
91 - 180
20% - 49 %
100%
E
> 360
100%
181 - 360
50% - 99 %
100%
> 360
100%
a) Como Categoría “A” o “Riesgo Normal”, se definen los créditos que reflejan una estructuración y atención apropiada por parte de los deudores.
b) En la Categoría “B” o “Riesgo Aceptable”, superior al Normal, se ubican los créditos, que están siendo aceptablemente atendidos y protegidos, pero en los cuales existen debilidades que pueden afectar, transitoria o permanentemente, la capacidad de pago del deudor y por consiguiente el normal recaudo del crédito.
c) En la Categoría “C” o “Riesgo Apreciable”, se encuentran los créditos que presentan insuficiencias en la capacidad de pago del deudor y comprometen el normal recaudo de la obligación.
d) La Categoría “D” o “Riesgo Significativo”, corresponde a los créditos de riesgo apreciable, pero en mayor grado, cuya probabilidad de recaudo es altamente dudosa.
e) En la Categoría “E” o “Riesgo de Incobrabilidad”, se ubican los créditos de riesgo con mínima probabilidad de recaudo.
4.2.1 Cartera de Consumo:
Se entienden como créditos de consumo las operaciones activas de crédito otorgadas a Personas Naturales cuyo objeto sea financiar la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios para fines no comerciales o empresariales, independientemente de su monto.
4.2.2 Cartera Microcrédito:
Se entienden como créditos microcréditos los otorgados a Personas Naturales para el desarrollo de actividades económicas organizadas.
4.3 Política Interna de COOMULTIUNION:
Como política adicional de Coomultiunion, la Asamblea General de Delegados faculta al Consejo de Administración para definir incremento de la provisión general de cartera, dentro de los límites autorizados por la Superintendencia de la Economía Solidaria, con cargo a los excedentes de la Cooperativa.
5. Política de Cuota de Amortización:
Amortizar: Significa pagar una deuda en pagos periódicos hasta que el monto total, incluyendo los intereses, seguros, etc. sean cancelados en su totalidad, así mismo la base para el cálculo de intereses es de 360 días.
5.1 Periodicidad de Pago (Interés Vencido)
Para la amortización de los créditos se establece el cobro de una CUOTA FIJA, a intervalos iguales de tiempo (Mensual).
La Administración podrá aprobar líneas o solicitudes específicas de crédito que incorporen en la amortización el pago de cuotas extraordinarias.
6. Política de Tasas de Interés:
De acuerdo a lo establecido en el Numeral 5 del Capítulo XI de la Circular Básica Jurídica -
SUMAS QUE SE REPUTAN O NO INTERESES.
“… para fijar la tasa legalmente permitida, se reputan dentro de los intereses los cobros efectuados en el otorgamiento de los créditos de las entidades supervisadas a sus asociados, por los siguientes conceptos:
* Comisiones.
* Estudio de crédito, a excepción de no tenerlo vinculado al crédito.
* Cuotas de manejo u otra equivalente por el crédito.
* Otros gastos vinculados necesariamente con el crédito mismo como la emisión y manejo de tarjeta de identificación operativa, la expedición y manejo de los cupones de pago, la evaluación de riesgos, el envío de extractos mensuales, los costos operativos y administrativos en que incurre la entidad para la puesta en marcha del negocio tales como el desarrollo y actualización de tecnología, los sistemas computacionales, papelería y nómina, entre otros, siempre y cuando se trasladen y se cobren al asociado.
Los anteriores conceptos que reputan interés serán los únicos a considerar en el reglamento de crédito.
Por el contrario, no se reputan como intereses los cobros efectuados por los siguientes conceptos:
* Comisiones o cargos cobrados para terceros, por ejemplo: seguros, operaciones de redescuento de entidades como el Fondo Nacional de Garantías, Finagro y Findeter, entre otros.
* Los honorarios de cobranza externa.
* Cuando el asociado utilice servicios adicionales de tipo tecnológico, complementarios a los básicos del producto, tales como consulta vía Internet o por audio del saldo del crédito, éstos no se computarán como interés.
6.1 Tasa Fija
La Administración podrá aprobar líneas o solicitudes específicas de crédito cuya tasa de interés con base en la cual se calcula la cuota del (los) crédito(s) sea fija durante toda la vigencia de la obligación.
De acuerdo a lo establecido en el Numeral 2 del Capítulo XI de la Circular Básica Jurídica -
TASA MÁXIMA DE INTERÉS QUE PUEDEN COBRAR LEGALMENTE LAS ENTIDADES
SUPERVISADAS, “… las tasas de interés contempladas en la totalidad de la cartera de las entidades supervisadas no podrán sobrepasar la tasa máxima de usura, calculada según la certificación vigente sobre interés bancario corriente emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, esto es, no pueden exceder en la mitad del interés bancario corriente que para el período correspondiente estén cobrando los bancos. En el caso de cupos de crédito, el límite máximo de tasa de interés se determinará según la tasa de interés de usura aplicable el día del desembolso.”
Nota: La Administración a través de circular reglamentaria, notificará las tasas de interés de las diferentes modalidades de crédito aplicables al correspondiente periodo.
7. Endeudamiento Máximo:
El máximo monto de endeudamiento riesgo, directo e indirecto, será hasta (14) veces los ingresos mensuales, excepto en el segmento de pensionados, siempre y cuando el nivel de descuentos no supere el 49 % de su mesada pensional y en el segmento de taxis, estará en función del flujo de caja y su capacidad de pago. Así mismo solo se podrá ser codeudor hasta en 2 operaciones crediticias siempre y cuando el consolidado de obligaciones directas e indirectas no supere 14 veces los ingresos mensuales.
Endeudamiento riesgo se define como el resultado de restar a la (s) deuda (s) el valor de (Ahorro contractual + Aportes).
8. Políticas Varias:
8.1 Beneficiarios de Créditos:
Para acceder a los productos y servicios de la Cooperativa, la persona debe adquirir la calidad de Asociado.
8.2 Edad Mínima para solicitud de crédito:
Para acceder a productos crediticios en la Cooperativa, el Asociado deberá ser mayor a 18 años de edad.
8.3 Personas No Sujetos de Crédito
Se excluyen solicitudes de Asociados cuya fuente de ingresos se originan de las siguientes actividades que por su naturaleza u objeto social pueden considerarse un factor de riesgo de tipo legal o reputacional para la Cooperativa:
a) Actividades financieras no vigiladas por la Superfinanciera o Supersolidaria.
b) Actividades ilegales o ilícitas tipificadas en el código penal colombiano.
c) Casas de cambio.
d) Juegos de azar.
e) Casas de lenocinio y moteles.
f) Compraventas o casas comerciales.
Adicionalmente, no se concederá crédito en los siguientes casos:
g) No tiene vigente la calidad de Asociado.
h) Solicitudes de crédito efectuadas por interdictos o personas incapaces definidas por la Ley.
i) Personas con suspensión derechos políticos.
j) Solicitudes de crédito efectuadas por personas naturales ó jurídicas que realicen actividades ilícitas o ilegales, o que atenten contra la seguridad, la moral y las buenas costumbres.
k) Solicitudes de crédito efectuadas por personas naturales o jurídicas que no hayan suministrado información financiera, fiscal o comercial necesaria para el estudio, trámite y aprobación del crédito.
l) Registro de obligaciones directas o indirectas vencidas con COOMULTIUNION, sobre las cuales no se tenga justificación alguna. En este caso solo se atenderán operaciones para su normalización a través de reestructuración del saldo vencido.
m) Cuando el Asociado registre obligaciones reestructuradas con COOMULTIUNION.
n) Presentación de documentación adulterada o falsificada.
o) Cuando no se suministre la información requerida para el estudio y que a su vez no sea veraz, consistente y / o verificable, según procedimientos establecidos a través de circulares vigentes.
p) Los asociados o terceros cuya disponibilidad de ingresos esté comprometida en más del 50%, excepciones deberán estar justificadas.
8.4 Asignación de Recursos de Crédito:
La Cooperativa sólo concederá créditos con destino a actividades permitidas por la Ley, esto significa:
a) Créditos para libre inversión, cuya finalidad sea la de cubrir necesidades en beneficio del Asociado y bienestar de su grupo familiar.
b) Créditos para financiación de vehículos nuevos y usados, así como de Motocicletas.
c) Créditos educativos que contribuyan a la formación académica y desarrollo profesional de los Asociados y su núcleo familiar.
d) Convenios y servicios complementarios tales como actividades de bienestar social y de banca de seguros, a través de acuerdos establecidos con proveedores, previamente seleccionados y calificados.
8.5. Políticas de Exposición:
a) El crédito máximo para Persona Natural es de 30 S.M.L.M.V.
b) El límite de edad para acceder a crédito estará definido por el cubrimiento automático de la póliza de seguros vigente, sin embargo, se evaluarán casos especiales, previo concepto de asegurabilidad o respaldo a través de garantías o fuentes de pago ofrecidas.
8.6 Políticas Aplicables en los Diferentes Segmentos
a) Estudio de crédito, cuyo valor computable con la tasa de interés no podrá exceder la tasa máxima de usura establecida por la autoridad competente, este valor se deduce del crédito aprobado - Numeral 5 del Capítulo XI de la Circular Básica Jurídica - SUMAS QUE SE REPUTAN O NO INTERESES.
b) GMF (Impuesto 4 x mil), valor descontado del crédito aprobado según normas vigentes.
c) Se aceptan abonos a capital o prepagos, los cuales no conllevan a cobro de sanciones o penalizaciones. salvo en los casos que COOMULTIUNION considere pertinente y que previo acuerdo expreso se han aceptados por el Asociado, conforme a lo definido en los artículos 1554 y 2229 del Código Civil.
d) El traslado de fondos a cuentas bancarias será asumido por el Asociado, el cual se debita del valor a girar en el momento de realizarse la correspondiente transacción ante la entidad bancaria suministrada por el Asociado.
e) Según norma establecida por la Superintendencia de la Economía Solidaria se efectuará consulta en las Centrales de Información Financiera como parámetro de evaluación.
f) Las condiciones en las cuales se contabilizan la operación crediticia como son: Monto, Plazo, Periodicidad, Tasa de interés, Valor de la Cuota, Fecha de Pago y Deducciones, entre otras se verán reflejadas en el plan de Liquidación, el cual se publica en la página Web de COOMULTIUNION y a la cual pueden acceder los Asociados ingresando con el usuario y contraseña correspondiente.
CAPITULO II MERCADO
1. Mercado Objetivo:
En concordancia con el direccionamiento estratégico de la cooperativa, COOMULTIUNION estará comprometida con la transformación social y económica del asociado y su familia, apoyándolo en la formación de su patrimonio, en su bienestar y en su seguridad futura, a través de la constitución de aportes y ahorros, facilitando el acceso al crédito y a servicios complementarios tales como convenios, actividades de bienestar social y de banca seguros.
Con base en lo anterior se definen 4 tipos de segmentos en los cuales se centra el ciclo de vida de nuestros Asociados:
1.1. Segmento Estudiantes - Proceso en Formación:
Corresponde al grupo de Personas en proceso de formación técnica, tecnológica, profesional o de postgrados que se vinculan a la Cooperativa con el fin de acceder a la financiación de estudios en instituciones legalmente aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional o Secretarias de educación de la localidad respectiva. El pago de los créditos o servicios contratados con la Cooperativa lo efectuará directamente el Asociado a través de las entidades bancarias habilitadas por COOMULTIUNION para tal fin o puntos de pago de la Cooperativa.
1.2. Segmento Empleados - Ocupados:
En este segmento se ubican grupo de personas que registran vínculos laborales con empresas legalmente constituidas y que a través de las diferentes modalidades de contratación como son: indefinidos, fijos, obra o labor y prestación de servicios generan fuente de ingresos que les permite acceder al portafolio de productos y servicios de la Cooperativa. Si la empresa en la cual labora el funcionario registra convenio con COOMULTIUNION, el pago de los servicios y productos se generará por descuento nomina, de lo contrario el pago de los servicios o créditos contratados con la Cooperativa lo efectuará directamente el Asociado a través de las entidades bancarias habilitadas por COOMULTIUNION para tal fin o puntos de pago de la Cooperativa.
1.3. Segmento de Independientes:
Grupo de Personas que acceden al portafolio de productos y servicios de la Cooperativa, los cuales desarrollan actividades micro empresariales, comerciales ó rentistas de capital, todas ellas enmarcadas como actividades licitas y formalmente constituidas. El pago de los servicios o créditos contratados con la Cooperativa lo efectuará directamente el Asociado a través de las entidades bancarias habilitadas por COOMULTIUNION para tal fin o puntos de pago de la Cooperativa.
1.4. Segmento Pensionados - Personas en Retiro:
Este segmento integra al grupo de personas pensionadas, cuya fuente principal de ingreso es su mesada pensional o asignación de retiro, administrada por diferentes Fondos pensiónales, con los cuales COOMULTIUNION podrá tener habilitado código de descuento, a través del instrumento de libranza.
1.5. Segmento Activos Productivos:
En este segmento se ubican grupo de personas, que desarrollan actividades de transporte público, como son Taxis, Camiones, Volquetas y Buses a las cuales COOMULTIUNION financiará la adquisición de vehículos mediante el crédito formal, legal y justo, así como el acceso al portafolio de los demás productos y servicios de la Cooperativa. El pago de los servicios o créditos contratados con la Cooperativa lo efectuará directamente el Asociado a través de las entidades bancarias habilitadas por COOMULTIUNION para tal fin o puntos de pago de la Cooperativa.
2. Requisitos Mínimos de cada Segmento para la evaluación de solicitud de crédito:
Segmento
Requisitos Mínimos
Estudiantes – Personas en Formación
- No ser menor a 18 años
- Soportar calidad de estudiante ante Institución Académica.
- Presentar codeudor calificado cumpliendo políticas según actividad económica.
- Demostrar capacidad de pago.
- Presentar los soportes definidos en el Capítulo II, numeral 5.
- No tener reportes negativos en centrales de información
Empleados - Ocupados
- Soportar vínculo laboral con empresas legalmente constituidas.
- Acreditar ingresos superiores a 1 S.M.L.M.V.
- Demostrar capacidad de pago.
- Antigüedad laboral superior a 6 Meses.
- Presentar los soportes definidos en el Capítulo II, numeral 5
- No tener reportes negativos en centrales de información
Independientes
- Acreditar que la actividad desarrollada y generación de ingresos provienen de
actividades licitas.
- Acreditar ingresos superiores a 1 S.M.L.M.V.
- Demostrar capacidad de pago.
- Antigüedad laboral superior a 12 Meses.
- Presentar los soportes definidos en el Capítulo II, numeral 5.
- No tener reportes negativos en centrales de información
Pensionados – Personas en Retiro
- Soportar ingresos derivados de Fondos Pensiónales.
- Acreditar ingresos superiores a 1 S.M.L.M.V.
- Demostrar capacidad de pago.
- Presentar los soportes definidos en el Capítulo II, numeral 5.
- No tener reportes negativos en centrales de información
Activos Productivos
- Acreditar que la actividad desarrollada y generación de ingresos provienen de actividades licitas.
- Acreditar ingresos superiores a 3 S.M.L.M.V.
- Mayor a 23 y menor a 65 años de edad.
- Demostrar capacidad de pago.
- Presentar los soportes definidos en el capítulo II, numeral 5
- Sí esta bancarizado el puntaje score en centrales de riesgo deberá ser superior a 530 puntos.
- No registrar reportes negativos.
- Sí es tipo 5, lo que significa no tener experiencia en Buro de crédito, se tendrá en cuenta la experiencia en el
sector así como el resultado obtenido a través del proceso de referenciación y
entrevista.
3. Calculo de los Ingresos por Cada Segmento:
3.1 Segmento de Estudiantes – Proceso en Formación:
El análisis se efectuará con base en la generación de ingresos derivados de su actividad económica, si el estudiante no registra actividad económica, el análisis de capacidad de pago se realiza según ingresos generados por parte del Girador y su actividad económica.
3.2 Segmento de Empleados – Ocupados:
a) Salario básico.
b) Ingresos recurrentes diferentes a salarios, como Horas Extras, Bonificaciones, Bonos.
c) Variables o comisiones previamente certificadas de los últimos 6 meses.
3.3 Segmento de Independientes:
a) Ingresos certificados por contador público, anexando copia tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios actualizado.
b) Contratos de arrendamiento y certificados actualizados de tradición de inmuebles.
c) Contratos de transporte.
d) Contratos por Servicios.
e) Extractos bancarios últimos tres meses.
f) Rendimientos financieros.
g) Evaluación financiera a la unidad productiva por parte de COOMULTIUNION
3.4 Segmento Pensionados – Personas en Retiro:
a) Valor de su mesada (s) pensional (es) o asignación (es) de retiro.
b) Ingresos certificados por contador público, anexando copia tarjeta profesional.
c) Contratos de arrendamiento y certificados de tradición de inmuebles actualizados.
d) Contratos de transporte.
e) Contratos por Servicios.
f) Extractos bancarios últimos tres meses.
g) Rendimientos financieros.
Nota: Los numerales b, c, d, e, f y g se solicitarán, cuando el trámite del crédito se soporte con ingresos diferentes a mesadas pensiónales y la forma de pago se genere a través de pago directo.
3.5 Segmento Activos Productivos (Taxis):
a) Ingresos recibidos de taxis certificados por la empresa en la cual se encuentra afiliado el automotor.
b) Salario básico más ingresos recurrentes diferentes a salarios, como Horas Extras, Bonificaciones y Bonos (aplica cuando adicionalmente es asalariado).
c) Contratos de arrendamiento y certificados actualizados de tradición de inmuebles.
d) Contratos por Servicios.
4. Líneas de Crédito:
LINEAS DE CREDITO
LINEA CONSUMO
RECIPROCIDAD: En empresas convenio la reciprocidad se generará con el primer descuento de la cuota del valor a ahorrar por parte del Asociado,
TIPO DE CONTRATO: FIJO - INDEFINIDO - OBRA O LABOR TERMINADA - PRESTACION DE SERVICIOS
CODEUDOR: REQUIERE EXCEPTO CONTRATO INDEFINIDO EMPRESA RECONOCIDA
FORMA DE PAGO: DESCUENTO POR NOMINA O PAGO DIRECTO
Consultas centrales de Riesgo
VARIABLES SCORING
INDIVIDUAL
PUNTAJE SCORE ESTADISTICO
MONTO Y PLAZO
• FechaingresoEmpleo
• PuntajeScore
• TipoEmpresa
• MesesdeExperiencia
• EdadC
•CantidadObliga.enmora(1)
• Patrimonio
• AHORRO
• APORTES
RIESGO BAJO
975 - 999
* Monto máximo hasta 20 veces el salario
+ AHORRO APORTE
* Plazo hasta 60 meses
RIESGO MEDIO
900 - 974
* Monto máximo hasta 8 veces el salario
+ AHORRO APORTE
* Plazo hasta 60 meses
RIESGO MEDIO - MODERADO
800 - 899
* Monto máximo hasta 6 veces el salario + AHORRO APORTE
* Plazo hasta 48 meses
RIESGO MODERADO
600 - 679 (Gris)
680 - 799
* Monto máximo hasta 3 veces el salario + AHORRO APORTE
* Plazo hasta 48 meses
POLÍTICAS GENERAL CREDITO
• INGRESO MÍNIMO: A PARTIR DE 2 S.M.L.V.
• ANTIGÜEDAD LABORAL: MAYOR A 1 AÑO O CONTINUIDAD VALIDADA CON LAS BASES DE FOSYGA?
• SCORING DE CRÉDITO: SCORE SUPERIOR A 700
• ANTIGÜEDAD EN PRODUCTOS FINANCIEROS (BANCOS, COOPERATIVA, COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO, CAJAS DE COMPENSACIÓN): MAYOR A 3 AÑOS.
• MORAS MÁXIMAS: HASTA 1 DE 60 DÍAS Ó 2 DE 30 DÍAS HISTÓRICAS
• BURO INTERNO: MÁXIMO 1 MORA DE 30 DÍAS HISTÓRICA.
• EDAD: ENTRE LOS 24 Y 60 AÑOS
• PERMANENCIA EN DOMICILIO: MAYOR A 1 AÑO
• PLAZOS: 24 ó 60 MESES.
* MONTO MAXIMO : $ 15.000.000.00
POLÍTICAS CREDITO ESTUDIANTES
• INGRESO MÍNIMO: A PARTIR DE 1 S.M.L.V.
• ANTIGÜEDAD LABORAL: MAYOR A 1 AÑO O CONTINUIDAD VALIDADA CON LAS BASES DE FOSYGA?
• SCORING DE CRÉDITO: SCORE SUPERIOR A 700
• ANTIGÜEDAD EN PRODUCTOS FINANCIEROS (BANCOS, COOPERATIVA, COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO, CAJAS DE COMPENSACIÓN): MAYOR A 3 AÑOS.
• MORAS MÁXIMAS: HASTA 1 DE 60 DÍAS Ó 2 DE 30 DÍAS HISTÓRICAS
• BURO INTERNO: MÁXIMO 1 MORA DE 30 DÍAS HISTÓRICA.
• EDAD: DESDE 21 AÑOS
• PERMANENCIA EN DOMICILIO: MAYOR A 1 AÑO
• PLAZOS: 24 ó 60 MESES.
* MONTO MAXIMO: $ 5.000.000.00
* MINIMO REGISTRAR 3 CRÉDITOS EDUCATIVOS DE RIESGO DIRECTO
LINEA CONVENIOS
Reciprocidad Ahorro Contractual + Aporte Social
Requiere
Monto
Hasta 9.4 S.M.L.M.V.
Plazo
12 Meses
Tipo de contrato
Indefinido, Fijo, Obra o Labor
Codeudor
No requiere
Forma de Pago
Nomina ó Pago Directo
Antigüedad Laboral
12 Meses
EDUCATIVO
Reciprocidad Ahorro Contractual + Aporte Social
No Requiere
Codeudor
No requiere
Forma de Pago
Nomina o Pago Directo
Monto
Hasta 10 veces salario (Según capacidad de pago)
Plazo
Hasta 36 meses según semestre a cursar
Antigüedad laboral
Mayor a 6 meses
VIP POSTGRADOS CONVENI UNIVERSIDADES
Puntaje Clear Score de la Cifin
Mayor a 550
Reciprocidad Ahorro Contractual + Aporte Social
No Requiere
Codeudor
No require
Forma de Pago
Nomina o Pago Directo
Monto
Hasta 64 S.M.L.M.V.
Plazo
12, 24, 36 meses según periodo académico
Antigüedad laboral
Mayor a 24 Meses
LINEA SERVICIOS
(Sin Financiación)
MODALIDAD
PLAZO
MONTO
FORMA DE PAGO
RECIPROCIDAD
Medicina Prepagada
12 Meses
Según Plan
Nómina o Pago Directo
No requiere
Emermedica
12 Meses
Según Plan
Nómina o Pago Directo
Seguros de Vehículo
12 Meses
Según Póliza
Nómina o Pago Directo
Seguros de Vida
12 Meses
Según Plan
Nómina o Pago Directo
Seguros del Hogar
12 Meses
Según Plan
Nómina o Pago Directo
Seguros Exequiales
12 Meses
Según Plan
Nómina o Pago Directo
Seguros SOAT
2 Meses
Según Póliza
Nómina o Pago Directo
Eventos
3 Meses
Hasta 1 S.M.L.V.
Nómina o Pago Directo
La gama de seguros: Propagada, Emermedica, Vehículos, Vida, Hogar y Exequibles, corresponden a planes
colectivos con renovación anual. Sin embargo podrán ser cancelados por la cooperativa, cuando registren
atraso en el pago mensual de más de 30 días.
4.1 Aspectos Relacionados con las Líneas de Colocación:
Créditos de libre inversión:
* Montos máximos hasta 10 millones de pesos.
* Aporte mínimo para asociados nuevos 3% y hasta el 9% dependiendo de la tasa de crédito (a menor tasa mayor aporte y proporcionalmente)
* Base mínima de aportes para asociados nuevos, crédito de consumo mínimo 10% y hasta un máximo de 30% dependiendo el monto del crédito.
* Se constituye un Fondo de desarrollo Cooperativo con porcentaje sobre valor prestado mínimo del 2% y hasta un 3% este fondo se destinará al mejoramiento humano y administrativo de la Cooperativa.
* Con garantía siempre que se requiera
Crédito ágil (credi ágil)
* Monto máximo hasta 500 mil pesos.
* Aporte mínimo individual del 2%
* Se constituye un Fondo de desarrollo Cooperativo con porcentaje sobre valor prestado mínimo del 2% y hasta un 3% este fondo se destinará al mejoramiento humano y administrativo de la Cooperativa.
Crédito Microcrédito
* Montos máximos hasta 10 millones de pesos.
* Aporte individual para asociados nuevos, mínimo 3% y hasta el 9% dependiendo de la tasa de crédito (a menor tasa mayor aporte y proporcionalmente)
* Se constituye un Fondo de desarrollo Cooperativo con porcentaje sobre valor prestado mínimo del 2% y hasta un 3% este fondo se destinará al mejoramiento humano y administrativo de la Cooperativa.
* Con garantía siempre que se requiera.
Créditos especiales
Crédito sobre aportes (creditaportes)
* Se prestará hasta el doble de los aportes existentes y se permitirá la capitalización de aportes para esta línea.
* monto máximo hasta 5 SMMLV para los créditos sobre aportes que requieran capitalizar aportes.
* plazo máximo 24 meses.
* No aplica garantía si el valor del crédito es hasta el valor de los aportes.
* Solo aplica para asociados antiguos con mínimo 6 meses de antigüedad.
* Base mínima de aportes el 20% sobre un SMMLV
* Se constituye un Fondo de desarrollo Cooperativo con porcentaje sobre valor prestado mínimo del 2% y hasta un 3% este fondo se destinará al mejoramiento humano y administrativo de la Cooperativa.
* Para todo crédito sobre aportes que supere el 100% de los aportes, opera como condición especial un aporte mínimo del 7% de un SMMLV para acceder a esta línea, quienes no tengan el equivalente a esta cuota deberán completarlo y quienes lo tengan no opera la presente condición.
Crédito sobre aportes plus (aportes plus)
* Monto máximo hasta el 90% del valor de los aportes.
* Plazo máximo 12 meses.
* Garantía firma personal
* Se constituye un Fondo de desarrollo Cooperativo con porcentaje sobre valor prestado mínimo del 2% y hasta un 3% este fondo se destinará al mejoramiento humano y administrativo de la Cooperativa.
Crédito para educación
* Monto máximo hasta 10 millones de pesos
* Plazo máximo 12 meses
* El crédito se gira directamente a la institución educativa.
* Base mínima de aportes el 20% sobre un SMMLV
* Solo aplica para asociados antiguos con mínimo 6 meses de antigüedad.
* Aporte mínimo individual 4% y hasta el 10% dependiendo de la tasa de crédito (a menor tasa mayor aporte y proporcionalmente)
* Se constituye un Fondo de desarrollo Cooperativo con porcentaje sobre valor prestado mínimo del 2% y hasta un 3% este fondo se destinará al mejoramiento humano y administrativo de la Cooperativa.
PARAGRAFO: En todo se aclara que estará a cargo del consejo de administración, la aprobación de cualquier modificación, adición o cambio de los reglamentos de crédito inicialmente descritos, dicha aprobación no requerirá una transformación de los estatutos.
4.1.1 Convenio Vinculación Empresas y Fondos Pensiónales:
a) Dentro de las estrategias comerciales de la Cooperativa está la de vincular empresas previamente evaluadas, a través de las cuales sus funcionarios se vinculan a la Cooperativa como Asociados y acceden al portafolio de productos y servicios para ser descontados directamente de su salario y de prestaciones sociales cuando se produce la desvinculación laboral con la entidad, según acuerdo de servicios establecido entre las partes.
b) Al igual que se efectúan acuerdos de servicios con empresas para realizar descuentos a través de nómina, en el Segmento de Pensionados, COOMULTIUNION realiza convenios con Fondos Pensiónales a través de los cuales puede operar mediante el instrumento de libranza para conceder créditos y obtener por este medio el pago de las cuotas correspondientes, previo cumplimiento de requisitos y procedimientos establecidos por la entidad correspondiente.
5. Documentación Requerida:
Según perfil de Asociado para el trámite de la solicitud de crédito se presentarán los documentos establecidos en el siguiente cuadro, sin embargo, si el proceso de análisis requiere de documentos adicionales, estos se solicitarán posteriormente.
DOCUMENTOS REQUISITOS PARA DEUDORES (APLICA TAMBIEN PARA CODEUDORES CUANDO SEAN REQUERIDOS)
Estudiantes Crédito Educativo
Empleado Descuento por Nomina (incluye Segmento
Temporales)
Empleado Sin Descuento por Nomina
Trabajadores Independientes
Pensionado Descuento Libranza
Pensionado sin Descuento Libranza
Copia de cedula ampliada al 150 %
X
X
X
X
X
X
Copia RUT (Sí aplica)
X
Solicitud de Crédito
X
X
X
X
X
X
Documento Pagare
X
X
X
X
X
X
Documento Libranza para Crédito
X
Comprobantes de pago 2 ultimas quincenas o meses
Opcional
X
X
X
X
Certificación laboral menor a 30 días de expedición
Opcional
Opcional
X
Certificado de ingresos y retenciones año inmediatamente anterior, para solicitudes mayores a $ 4,0 MM
Opcional
X
X
Ingresos Certificados por Contador Público, no mayor a 30 días de vigencia, junto con la copia de Tarjeta Profesional y Certificado de Antecedentes disciplinarios
Opcional
Opcional
X
Opcional
Soporte de otros Ingresos
Opcional
Opcional
Opcional
Opcional
Opcional
Declaración de renta año gravable, si está obligado a presentar, de lo contrario adjuntar Certificación juramentada, en la cual se exima de su presentación, según lo dispuesto por la DIAN
Opcional
X
X
X
Opcional
X
Copia orden de matrícula universitaria
X
Copia de servicio público de domicilio actual
Opcional
Opcional
Opcional
X
X
Certificado de tradición de inmueble, menor a 60 días de expedición, si aplica
Opcional
Monto mayor a
$ 20,0 MM
X
Monto mayor a $ 10,0 MM
Monto mayor a $ 30,0 MM
Monto mayor a $ 10,0 MM
Copia de tarjeta de propiedad de vehículo si aplica
Opcional
Opcional
Opcional
Opcional
Opcional
Opcional
Estados financieros de dos últimos años firmados por contador público, con copia de matrícula y antecedentes
disciplinarios no mayor a 90 días
Opcional
X
Opcional
Extractos bancarios últimos tres meses
Opcional
Opcional
Opcional
X
Opcional
Registro mercantil cámara y comercio no mayor a 30 días
(Sí aplica)
Opcional
X
Certificación de empresa de Afiliación Taxi
Certificación y Resolución del Ministerio de Educacion (Aplica para Universidades) ó Certificación de Resolución del Ministerio de Trabajo (para Asociaciones)
Nota: Asociados que tramiten créditos hasta por $ 1.500.000.00 en la modalidad automáticos (respaldo Aportes, Ahorros Contractuales, Extraordinarios o CDAT´S), podrán hacerlo sin la presentación de comprobantes de pago.
CAPITULO III POLITICAS DE EVALUACION
1. Proceso Análisis:
El propósito fundamental del análisis crediticio que se practica a un asociado, es conocer los riesgos en que la Cooperativa está incurriendo y la manera de minimizarlos, mediante un mejor conocimiento de su situación financiera, capacidad de pago, organización administrativa y las perspectivas de sus negocios, es decir, realizando una evaluación integral.
El Analista de crédito podrá solicitar documentación adicional para el estudio de crédito, utilizar otros mecanismos de verificación, referenciación, visitas domiciliarias, que conlleven a tomar decisiones en materia de aprobación, modificación o negación de solicitudes, así como emitir conceptos a los niveles superiores, de acuerdo con el análisis crediticio.
Así mismo, de requerirse adicionalmente la presentación de codeudor, éste deberá cumplir con el perfil crediticio y el cumplimiento de requisitos establecidos en el numeral 5 del capítulo II del presente documento.
1.1 Buro de Crédito:
Para el análisis y evaluación de la solicitud de crédito se deben contemplar los siguientes atributos o criterios, administrados a través de SCORING DE CREDITO, herramienta interna de originación desarrollada en ambiente Web, la cual integra variables internas de la base de datos de COOMULTIUNION, información suministrada por los Asociados, variables exógenas provenientes de la conexión Web Service de Centrales de Información Financiera y políticas internas de otorgamiento definidas por la cooperativa, así:
a) Capacidad de pago, el nivel de descuento incluida cuota del crédito solicitado, no podrá superar el 50 % de su salario.
b) Riesgo neto o niveles de exposición con la Cooperativa.
c) Comportamiento crediticio del Asociado con la Cooperativa.
d) Historia crediticia y hábitos de pago reflejados en Centrales de Información Financiera.
e) Compromiso de ingresos frente a endeudamiento total.
f) Cubrimiento de cuotas comprometidas frente a los ingresos generados.
g) Edad
h) N° Personas a cargo
i) Actividad del cónyuge
El Scoring de otorgamiento es una herramienta que complementa la labor de Analista de crédito, automatizando procesos, integrando base de datos, efectuando cálculos y manteniendo históricos de condiciones en las cuales se aprobó o negó la solicitud de crédito. Lo anterior significa, que la decisión de aprobar o negar en última instancia la toma el funcionario con la atribución respectiva.
La herramienta cuenta con módulos parametrizables donde se encuentran las políticas internas de otorgamiento definidas por la cooperativa, Buro externo (Centrales de Información Financiera) y variables por perfil de Asociado.
2. Facultades de Crédito:
El nivel decisorio de crédito en la Cooperativa está determinado por el monto de la solicitud, siendo inherentes al Consejo de Administración, al Comité de Crédito, al Gerente General, Subgerente Comercial y/o Subgerente Administrativo y Financiero, Director, Coordinadores y Analistas de Créditos, Administradores de Agencias o puntos, Directora de Empresas, Jefes de Gestión, Asesores Comerciales, Analistas de Apoyo.
Cada aprobación crediticia representará el juicio independiente de quienes tienen la responsabilidad de la misma y no simplemente el cumplimiento de un requisito; por consiguiente, la responsabilidad en cualquier operación crediticia será al mismo tiempo individual, en cuanto se refiere a la definición del riesgo y compartida, en cuanto a la decisión crediticia, de acuerdo con los niveles de atribución.
2.1 Gerente General:
Dentro de las funciones como Representante Legal de la Cooperativa y las definidas en los estatutos, capítulo V, Sección Tercera, Artículo 67, el Consejo de Administración le delega atribuciones de crédito, definidas en el capítulo III, numeral 2, cuadro de Atribuciones.
Así mismo, las funciones del Gerente General, que hacen relación con la ejecución de las actividades de la cooperativa, serán desempeñadas directamente por éste o mediante delegación en los funcionarios de la misma, quedando facultado para el manejo y asignación de atribuciones en materia de aprobación de crédito para niveles inferiores a los de la Dirección de Crédito, es decir Coordinadores, Analistas, Administradores, Directora de Empresas, Jefes Gestión Comercial, Asesores, Analistas de Apoyo.
Adicionalmente:
a) Informa al Consejo de Administración acerca de las solicitudes de crédito aprobadas de funcionarios y familiares, según facultades definidas en el capítulo III numeral 3 cuadro Atribuciones.
b) Presenta al Consejo de Administración solicitudes de crédito, que excedan atribuciones del Comité de crédito, previo concepto o recomendación del mismo Comité de crédito.
c) Aprueba excepciones a las políticas de crédito dentro de los límites de sus atribuciones.
d) Autoriza reestructuraciones de créditos plenamente sustentadas dentro de los límites de sus atribuciones.
e) Presenta al Consejo de Administración recomendaciones o cambios en las políticas de crédito, plenamente sustentadas.
f) Define el Rango de puntuación del Scoring de Crédito.
En ausencia temporal o permanente del Gerente, es el Subgerente Administrativo o el que designe el Consejo de Administración como su reemplazo, según orden establecido, quien asumirá el manejo de atribuciones para la aprobación de solicitudes de crédito.
2.1.1 Administración Manejo de Excepciones:
Las facultades para atender excepciones a las políticas de crédito estarán a cargo del nivel Superior Inmediato al que correspondería la toma de decisión, excepción que aplicará desde el nivel de Coordinación de Crédito.
2.2 Otros Niveles con Atribución de Crédito:
Este grupo lo conforman: Subgerencias Comercial y Administrativa, Director, Coordinadores y Analistas de Créditos, Administradores de Agencias o puntos, Directora de Empresas, Jefes de Gestión, Asesores Comerciales, Analistas de Apoyo y Lideres en Universidades.
Dentro de las funciones y responsabilidades de los Funcionarios están:
a) Actuar dentro de los patrones establecidos por las normas legales y las políticas y procedimientos de crédito de la Cooperativa, entendiendo que éstas son normas mínimas para otorgamiento de crédito y, por lo tanto, cuando considere prudente, podrá imponer o sugerir requisitos adicionales que, al sano criterio crediticio, la prudencia y la seguridad de las operaciones requiera.
b) Evaluar las solicitudes de crédito de acuerdo con los procedimientos y lineamientos establecidos por las normas legales vigentes de la entidad.
c) Proponer excepciones a las políticas de crédito o las normas y las políticas de la Cooperativa en casos debidamente justificados y documentados.
d) Prevenir y mitigar la ocurrencia de fraudes, mediante la aplicación de procedimientos establecidos.
e) Aprobar solicitudes de crédito según montos definidos en el capítulo III numeral 3 cuadro Atribuciones.
f) Aprobar restructuraciones de créditos plenamente sustentadas dentro de los límites de sus atribuciones.
g) Presentar ante la Gerencia recomendaciones o cambios en las políticas de crédito, plenamente sustentadas.
3. Seguro Vida Deudores:
Las diferentes modalidades de crédito estarán cubiertas con la póliza vida deudores que la Cooperativa suscriba con la respectiva compañía de seguros, según condiciones pactadas. su cubrimiento aplica para el deudor únicamente.
A través de circular reglamentaria emitida por área de créditos, se establecen las condiciones de la póliza aplicables al otorgamiento de crédito.
4. Garantías:
El presente capítulo contiene los aspectos generales que regulan las garantías, se definen las diferentes clases, estableciendo normas generales y específicas, la administración y control que se debe ejercer y su respectiva contabilización.
4.1 Aspectos Generales:
Se entiende por garantías las seguridades adicionales que la Cooperativa exige a sus asociados con el fin de minimizar los riesgos inherentes a la actividad de préstamos. En las operaciones de crédito se debe estudiar ante todo la solidez, la moralidad comercial, el nivel de endeudamiento y la capacidad de pago.
Sin perjuicio de lo anterior, se debe tener en cuenta que las situaciones cambian con el tiempo y quien hoy en día es solvente, puede no serlo al vencimiento de la obligación, lo cual conduce a la exigencia de garantías.
COOMULTIUNION podrá celebrar Contratos de Mutuo Comercial al igual que Libranzas y Mandato irrevocables de pago con sus asociados como instrumentos aleatorios a las garantías.
Las garantías no se consideran instrumento de pago, salvo en los casos en que excepcionalmente se aceptan con esa finalidad.
4.2 Clases De Garantía:
La Cooperativa tiene las siguientes clases de garantías: Garantías admisibles o reales y garantías no admisibles o personales, documentadas a través de un instrumento denominado pagaré.
4.2.1 Garantías Admisibles o Reales:
Se entiende como garantía admisible o real aquella que tiene establecido un valor con base en criterios técnicos y objetivos, que cubra parcial o total una obligación crediticia otorgada por una entidad.
La garantía admisible o real se constituye sobre bienes inmuebles, muebles, títulos valores y aportes sociales en la Cooperativa.
a) Se denomina garantía hipotecaria aquella que se constituye sobre un bien inmueble del deudor o de un tercero para respaldar una o varias obligaciones contraídas con la Cooperativa.
b) Se denominan garantías prendarías, aquellas destinadas a facilitar el crédito mediante la afectación en favor del prestamista, de un bien mueble perteneciente al deudor o de un tercero en seguridad de un crédito. El bien entregado se llama prenda y el acreedor se denomina acreedor prendario. Este tipo de garantía se utiliza comúnmente en créditos para la adquisición de vehículo o motocicleta.
c) Otro documento garantía se consideran la pignoración de acciones de empresas legalmente constituidas, títulos valores negociables en bolsa y el recaudo de matrículas universitarias previo convenio establecido con instituciones educativas, los cuales servirán de fuente de pago para respaldar créditos solicitados y aprobados a través de modalidades plazos fijos o amortizables.
d) Los aportes sociales que los Asociados registren en la Cooperativa, también se consideran garantía real o admisible, siempre y cuando superan el valor de las obligaciones.
Nota: Los CDAT´S expedidos por la Cooperativa, se consideran fuente de pago.
4.2.2 Garantías No Admisibles ó Personales:
Son todas aquellas no consideradas como garantías admisibles, que comprometen el patrimonio total de los garantes, siendo la más común, la firma personal del solicitante o de codeudores en un documento pagaré.
La firma del deudor y /o codeudores de una operación crediticia se registra en un pagaré único ó contrato de mutuo, firmado en blanco. La acción legal puede hacerse indistintamente contra ambos o al que se encuentre en mejores posibilidades de pagar.
Cuando la obligación no requiere de codeudor, se firma el documento contragarantía (pagaré único), instrumento que respaldará las obligaciones vigentes que el Asociado registre con la cooperativa y que no involucran codeudor, lo cual permitirá agilizar procesos de desembolso y tramites operativos.
4.3 Margen de las diferentes Garantías Admisibles:
a) Hipotecaria: 70 % del valor del bien inmueble.
b) Prenda sobre vehículo nuevo 90% del valor comercial del vehículo y 80% si es usado menor a 10 años.
c) Acciones: 80% del valor intrínseco de la acción con valorización.
d) Aporte social: 100% del valor del crédito.
e) Depósitos en garantía.
Glosario de Términos
Amortización: Forma a través de la cual se cancela una obligación, aplicando pagos según periodicidad definida inicialmente, hasta que el monto total, incluyendo los intereses, seguros, etc. sean cancelados en su totalidad.
Buro de Crédito: Consolidación de información financiera, tanto interna como externa que califica el comportamiento y trayectoria de productos vigentes o cancelados, integrándose como una de las variables que conforman el Scoring de crédito
Centrales de Información Financiera: Centrales que administran base de datos de personas usuarias de los sectores financiero, solidario, real y asegurador, que sirven de apoyo en la originación de otorgamiento de crédito.
Aporte social: Valor que se cobra a las personas que ingresan a la Cooperativa como requisito previo para ser Asociados.
Descuento Libranza: Mecanismo a través del cual, los Asociados pensionados autorizan a los fondos pagadores, deducir de su mesada pensional el valor de una cantidad fija durante un tiempo determinado, para cubrir el pago de obligaciones otorgadas por la Cooperativa.
Descuento Nomina: Forma de recaudo en el cual los Asociados autorizan el descuento de cuotas para cubrir productos y servicios adquiridos con la Cooperativa, previo convenio con la empresa, en la cual registre vínculo laboral el funcionario.
DTF: Es la tasa promedio ponderada de las tasas de interés efectiva de captaciones en títulos de renta fija (CDT) de los establecimientos bancarios, corporaciones financieras y compañías de financiamiento comercial, con vencimiento a 90 días, que se toma como referencia para el cobro de intereses en los créditos.
GMF: (Gravamen a los Movimientos Financieros). Impuesto nacional que se aplica a las transacciones financieras, realizadas por los usuarios del sistema financiero.
Pago Directo: Modalidad de pago, a través de la cual los Asociados cancelan obligaciones contraídas con la cooperativa, utilizando los diferentes medios como son: Cajas habilitadas en los centros de atención al público, bancos autorizados y medios virtuales.
Prepagos: Opción que tienen los deudores de cancelar anticipadamente el valor de obligaciones otorgadas previamente por la Cooperativa, ya sea parcial o totalmente.
Segmento Empleados - Ocupados: Grupo de Asociados que registran vínculo laboral con empresas, a través de las cuales generan fuente de ingresos y posibilidades de acceder al portafolio de productos y servicios de la Cooperativa. La forma de pago de los productos o servicios que adquiera con la entidad podrá ser mediante descuento por nómina, si la empresa registra convenio con Coomultiunion o con pago directo.
Segmento Empresas y Universidades: Personas Jurídicas que se vinculan como entidad Asociada, según definición de los Estatutos de COOMULTIUNION, con la posibilidad de adquirir portafolio de productos y servicios de la Cooperativa.
Segmento Estudiantes o en Proceso en Formación: Grupo de personas en formación educativa que acceden inicialmente a la financiación de los diferentes programas en instituciones legalmente aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional o Secretarias de Educación.
Segmento Independientes: Grupo de personas Asociadas a la Cooperativa que desarrollan actividades legales, diferentes a vínculos laborales y que la atención de los productos o servicios adquiridos con la cooperativa lo realizan a través del pago directo.
Segmento Pensionados o Personas en Retiro: Grupo de Asociados, cuya fuente de ingresos proviene de mesadas pensiónales o asignaciones de retiro, administradas por diferentes Fondos de pensiones. La forma de pago de los productos o servicios que adquieran con la cooperativa podrán ser mediante descuento por libranza, si existe convenio o código de descuento con el fondo pagador ó con pago directo.
S.M.L.V.: Corresponde al Salario Mínimo Legal Vigente.
Tasa Fija: Es aquel interés que no sufre variación durante la vigencia del crédito.
Scoring de Crédito: Herramienta de gestión en el otorgamiento de crédito que integra variables internas y externas de base de datos y de políticas internas definidas por la Cooperativa y que mediante la asignación de un sistema de puntuación y una escala de valores determina la precalificación para el otorgamiento de un crédito.
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